La cobertura de Latencia es el beneficio que cubre al afilado regular y sus derecho habientes legales en caso de desempleo. A través de Sanitas el afiliado podría atenderse por diagnóstico de capa simple, vía crédito y en clínicas específicas. De acuerdo a lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 038-2020 y el Decreto Supremo N° 011-2020-TR, la Suspensión Perfecta de Labores aplicada como medida para preservar el empleo de los trabajadores y mitigar los efectos económicos causados ante el COVID-19, tendrá cobertura de las prestaciones de prevención, promoción y atención de la salud, la misma que será brindada por el Seguro Social de Salud - EsSalud. Para los casos de capa compleja, el afiliado se atenderá a través de EsSalud.
Para obtener la cobertura de Latencia, el usuario deberá haber terminado el vinculo laboral con su empresa; así mismo el estatus de su plan de salud deberá ser Suspendido. Cabe mencionar que en el periodo de latencia, sólo se te cubrirán los diagnósticos de capa simple. |
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