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Período de latencia


La cobertura de Latencia es el beneficio que cubre al afilado regular y sus derecho habientes legales en caso de desempleo. A través de Sanitas el afiliado podría atenderse por diagnóstico de capa simple, vía crédito y en clínicas específicas.

De acuerdo a lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 038-2020 y el Decreto Supremo N° 011-2020-TR, la Suspensión Perfecta de Labores aplicada como medida para preservar el empleo de los trabajadores y mitigar los efectos económicos causados ante el COVID-19, tendrá cobertura de las prestaciones de prevención, promoción y atención de la salud, la misma que será brindada por el Seguro Social de Salud - EsSalud.



Para los casos de capa compleja, el afiliado se atenderá a través de EsSalud.


Tramite de Latencia
(click para visualizar)
Declaración Jurada 
(Click aquí para descargar)

Para obtener la cobertura de Latencia, el usuario deberá haber terminado el vinculo laboral con su empresa; así mismo el estatus de su plan de salud deberá ser Suspendido.

Cabe mencionar que en el periodo de latencia, sólo se te cubrirán los diagnósticos de capa simple.